Ciberacoso en Uruguay

El #ciberacoso en #Uruguay se puede reconducir y castigar bajo la forma del delito de amenazas que se encuentra en el Código Penal en su artículo 290.
​
El delito de amenazas es aquella conducta consistente en advertir a otro con un daño injusto. El autor será castigado con multa de 25 a 700 unidades reajustables.
​
Agravantes:
​
-
Si se amenaza con un daño de gran importancia
-
Si se amenaza con armas
-
Si el que amenaza lo hace disfrazado
-
Si el que amenaza es un grupo de personas
-
Si se amenaza a través de un escrito anónimo o en forma simbólica
-
Si el que amenaza lo hace con fuerza intimidante derivada de asociaciones existentes o supuestas
-
Si el que amenaza lo hace con la intención de obligar a la víctima a cometer un delito
​
SOLUCIÓN:
Se debe denunciar los delitos de #ciberacoso antes las fuerzas policiales uruguayas. Esto puede hacerse en linea a través de la página web del Ministerio del Interior.


