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Ciberacoso en Uruguay

El #ciberacoso en #Uruguay se puede reconducir y castigar bajo la forma del delito de amenazas que se encuentra en el Código Penal en su artículo 290.

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El delito de amenazas es aquella conducta consistente en advertir a otro con un daño injusto. El autor será castigado con multa de 25 a 700 unidades reajustables.

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Agravantes:

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  • Si se amenaza con un daño de gran importancia

  • Si se amenaza con armas

  • Si el que amenaza lo hace disfrazado

  • Si el que amenaza es un grupo de personas

  • Si se amenaza a través de un escrito anónimo o en forma simbólica

  • Si el que amenaza lo hace con fuerza intimidante derivada de asociaciones existentes o supuestas

  • Si el que amenaza lo hace con la intención de obligar a la víctima a cometer un delito

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SOLUCIÓN:


Se debe denunciar los delitos de #ciberacoso antes las fuerzas policiales uruguayas. Esto puede hacerse en linea a través de la página web del Ministerio del Interior.

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